Las normas de distribución establecen una periodicidad y unas fechas en las que, salvo por circunstancias excepcionales, deberán realizarse las distribuciones.
Que se efectúa anualmente (en el mes de junio) y por el cual se distribuyen las sumas de dinero recaudada en el año anterior.
Mediante el cual se liquidan sumas correspondientes a períodos de varios años, como se da en los casos de deudas históricas, en distribuciones pendientes por falta de información, etc.
Por lo que respecta a las distribuciones internacionales, el pago se articula conforme a los acuerdos suscriptos. En cualquier caso, la metodología en la Entidad contempla efectuarlos antes de que concluya en el año en el que se realiza el proceso de distribución general.
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